Principios
Relación de principios en los que creemos debería basarse el Registro de los nombres de dominio punto es y, sobre todo, el controvertido Reglamento para la resolución extrajudicial de los conflictos derivados de su adjudicación.
Evidentemente, esta relación de Principios es personal, basada únicamente en la libertad de expresión. Habrá quien se adhiera a ellos y se identifique y habrá quien los rechace. Estamos abiertos a modificar esta relación en base a los que nos sugieran, dentro de la racionalidad, coherencia y respeto a las normas.
- Solamente podrá registrar un nombre de dominio .es quien sea español, residente legal en España o tenga intereses demostrables en España. No habrá límite en el número de nombres de dominio registrados por el mismo Titular.
- Sólo existirá un dominio .es. Los .com.es, .nom.es, .org.es, .gob.es, .edu.es dejarán de existir, ya que se ha demostrado que no tienen sentido y son únicamente una fuente adicional de recaudación para el Estado.
O bien, de existir esas otras terminaciones llamadas de tercer nivel, nadie podría acceder a ellas si previamente no es titular del nombre de dominio principal .es.
- El orden de otorgamiento (una vez que ya concluyó el período escalonado previo) es por prelación de tiempo: se le concederá a quien primero lo solicite y sin más requisitos. No existirá la reclamación por derechos previos, cuando éstos no se ejercieron en el momento del registro escalonado.
- Los nombres de dominios iguales a otros ya registrados pero anteponiéndoles www, no estarán permitidos.
- Únicamente podrá quitársele la propiedad de un nombre de dominio a su titular si lo usa realmente de mala fe, es decir, en contra de la Ley, pero no por el hecho de haberse anticipado en su registro.
- No existirán límites en los valores económicos ni restricciones, salvo la de cumplir con los requisitos para ser titular, a la hora de traspasar la propiedad de un nombre de dominio por su propietario actual a otro. Ello será así según las normas de una Sociedad de Libre Comercio.
- Las listas de nombres reservados y de nombres prohibidos, serán públicas y estarán disponibles en la página web oficial de NIC.es
- Los expertos tienen que ser expertos, tienen que demostrar su experiencia en arbitrar resoluciones de este tipo. Al igual que a cualquier ciudadano se le exige experiencia para acceder a puestos de trabajo, ellos también tienen que demostrarnos que la tienen. Un título no es sinónimo de ejemplaridad y experiencia en las lides de la mediación.
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