VREDES

Víctimas de Resoluciones de los Expertos de Dominios ESpaña

Vamos a demostrar aquí que el porcentaje de las Resoluciones de los llamados Expertos por el Reglamento que conduce los procedimientos extrajudiciales para las controversias de los nombres de dominio de España, son mayoritariamente en contra de sus propietarios; que el Reglamento actual es ambiguo y contiene muchas lagunas; que los denominados expertos muchas veces no parecen ser tales expertos, a tenor de sus dictámenes; que muchas de sus resoluciones son controvertidas; que el Reglamento es una traba para el desarrollo de los punto es; y vamos a demostrar que, una vez más, el derecho al pataleo del débil es lo único que le queda contra la opresión del Sistema, salvo que le priven de su libertad o de su vida.

Tanto si eres una víctima de algún procedimiento por el cual crees que te han quitado tu dominio injustamente, o bien hayas tenido la suerte de que tu expediente lo haya llevado de verdad un Experto y aún conserves tu dominio, como si eres un simple internauta más en la Red deseoso de saber más de lo que simplemente vemos, sé bienvenido y navega por estas páginas y aporta tus comentarios y colaboraciones.

Quien hace estas páginas no es experto en diseño gráfico ni en programación de páginas webs. Si algún internauta quiere colaborar haciéndonos este sitio más ameno, ordenado y funcional, por favor, contacta con nosotros.

Si eres un buen abogado y quieres colaborar gratuitamente o de alguna forma, en la interposición de demandas civiles que corrijan los defectos del Reglamento y rectifiquen las Resoluciones de los denominados en el mismo como Expertos, puedes ponerte en contacto con nosotros.

Estas páginas pretenden ser una vía de libre expresión, de buenas maneras y siempre sobre la base de razonamientos lógicos y legales, el último derecho al pataleo del que no puede hacer otra cosa que agachar la cabeza cuando sus derechos se ven atropellados. Alcemos nuestra débil voz para hacer de los punto es dominios libres y sin ataduras, salvo las que imponen la cordura, la decencia y la buena fe y el respeto que siempre tendría que haber entre todos los seres humanos, sean poderosos y con influencias o sean simples ciudadanos, y siempre en el marco de una Sociedad justa de Libre Comercio, que es donde se supone que convivimos.

Los punto es deben ser para el primero que los registre. Con la limitación impuesta por la Normativa (coherente y lógica) de que su propietario tiene que ser español, residente o tener intereses en España, es más que suficiente, dado que además existió un proceso escalonado para los que creyeran tener derechos sobre ellos, lo pudieran hacer con prioridad. ¡Pero el derecho escalonado no es eterno, como piensan algunos expertos! Por lógica argumental y jurídica, si hay un proceso escalonado de plazos para los que cumplan ciertos requisitos, y crean estar en posesión de ciertos derechos, es precisamente para que el posterior registro libre sea precisamente eso, LIBRE, como así aparece además en toda la publicidad institucional. ¿O es que aquí también la palabra LIBRE está corrompida y no significa libre sino condicionada?


[Textos de las Resoluciones] [Resoluciones comentadas] [Normativa legal] [Principios] [Consejos] [Opiniones]

Pulse aquí para Contacto, Información y Colaboraciones


Movimiento en apoyo del idioma español en Internet

© Copyright VREDES, 2008 - 2009